dilluns, 7 de juny del 2010

Informe Sobre Israeli Derecho Internacional

He encontrado por internet un interesante artículo realizado por la fundacion Bertran Russell, cuyo nombre es VIOLACIONES E INCUMPLIMIENTOS DEL DERECHO INTERNACIONAL COMETIDOS POR ISRAEL EN LOS TERRITORIOS PALESTINOS OCUPADOS.
Creo que es muy interesante de leer, sobretodo después de ver los últimos acontecimientos ocurridos en aguas internacionales, sobre todo para  constatar que a los governantes Israelis no se les caen los anillos por incumplir el derecho internacional, y lo harán todas las veces que crean necesario, triste pero cierto.

Por ahora solo he podido hacer una lectura rapida "en diagonal" pero cuando lo puede leer mejor, hare un breve reseña.
Aqui os dejo el artículo.

dimarts, 16 de febrer del 2010

Crisis

Hoy he estado de visita por los juzgados de Badalona donde tenia un acto de conciliación por realizar. Allí he tenido que estar un buen rato esperando (no, el derecho no es una profesión emocionante como en las peliculas y series, es una profesión que se basa en dos pilares, papeleo y esperas en los juzgados). Pues bien, una cosa que se aprende en esta profesión es que la situación en los juzgados, es decir los asuntos que se tratan, son un reflejo claro y directo de la realidad social (siempre y cuando estemos en una sociedad donde generalmente la gente dirima sus problemas por la via judicial) y la situación actual es la de crisis, la de los grandes titulares, pero también para las grandes (y pequeñas) miserias del dia a dia, de las personas sin trabajo, de los que no pueden pagar la hipoteca.
A que viene todo esto? pues bien, como iba diciendo estaba yo esperando delante del juzgado 4 de Badalona y me ha dado por mirar el tablón de edictos del juzgado, había 28 edictos, de los cuales 24 eran ejecuciones hipotecarias, 3 eran desahucios y 1 era una declaración de herederos. Aunque no representa la totalidad de los expedientes del juzgado (ya quisieran solo llevar 28), si es una buena muestra, y se puede apreciar que no corren buenos tiempos para el común de las personas. Ahí queda el dato.

dimecres, 3 de febrer del 2010

Acord a tres bandes per activar els judicis de conformitat (Jordi Panyella, Diari Avui 3-2-2010)

Evitar que un procediment judicial s’allargui inútilment, descarregar de feina els jutjats i estalviar pèrdues innecessàries de temps a testimonis i pèrits judicials: aquests són els efectes beneficiosos d’un acord a tres bandes entre el Col·legi d’Advocats de Barcelona, la Fiscalia i el deganat dels jutjats penals de la ciutat per afavorir la celebració dels judicis de conformitat, en què acusació pública i acusat arriben a un pacte que fa innecessària la celebració de la vista.

L’acord fa mesos que s’està negociant, i l’últim pas que el farà possible el van fer el passat dia 13 els jutges penals de Barcelona en aprovar el procediment que a partir d’ara s’aplicarà per donar sortida ràpida als casos amb conformitat. La participació dels jutges en aquest acord és clau, ja que sense la seva col·laboració la voluntat de fiscalia i advocats quedaria en paper mullat.

Les conformitats en els processos judicials ja estan previstes en la legislació actual, el que canviarà és la forma i el moment d’arribar a aquest tipus de pactes entre les parts. Ara es negocien el mateix dia que s’ha de celebrar el judici, amb l’acusat a la sala i tots els testimonis i pèrits citats pel jutjat i esperant el seu torn per declarar. Aquests acostumen a ser els grans perjudicats per aquesta forma d’actuar, ja que la conformitat fa que finalment no sigui necessària la seva declaració i per tant el seu desplaçament al jutjat es converteix en un esforç inútil i una pèrdua de temps i diners.

El primer que es pretén aconseguir amb el nou model és agilitzar tot el procés d’instrucció, amb la presentació al jutjat d’un sol escrit de qualificació signat pel fiscal i l’advocat defensor de l’acusat, que tindrà un relat de fets únic, una qualificació jurídica i una sola petició de condemna. Aquest fet suposa una absoluta novetat, ja que en un procediment penal hi ha habitualment tants escrits de qualificació com parts hi participen, i això porta a relats de fets divergents i, evidentment, a peticions de pena també divergents.

A partir d’aquí, el jutjat instructor notificarà el procediment al jutjat que hagi d’emetre la sentència, que és el que haurà de convocar les parts per a la celebració de la vista oral. En l’acord adoptat pels jutges dimecres passat es va decidir que quan es tingui notícia d’un d’aquests procediments amb escrit de qualificació únic s’assenyalarà judici amb la màxima brevetat possible i a primera hora del matí. La citació serà exclusivament per a l’acusat, o acusats, per ratificar l’acord, i ja no es demanarà la presència ni de testimonis ni dels pèrits.
Per part de la fiscalia, s’ha nomenat la fiscal Lucía Ferrer com a responsable de coordinar el nou sistema de funcionament de les conformitats. Feina de la fiscalia serà notificar a les víctimes dels delictes que s’ha arribat a un acord amb els acusats. La conformitat, que suposa sempre un reconeixement de culpa, porta aparellada sempre una rebaixa de la pena que s’imposa.

dilluns, 1 de febrer del 2010

Tiene derecho a recurrir, pero antes pase por caja.

Hoy volvemos a comentar la Ley Orgánica 1/2009, que tal y como habiamos visto, reforma la Ley Organica del Poder Judicial (desde ahora LOPJ). En todo este paquete de reformas nos encontramos con la incorporacion de una nueva Disposicion Adicional en la LOPJ. En este caso introduce reformas en el ambito de los recursos judiciales, concretamente incorpora una nuevo requisito para su admisión. Este es el de que previamente a recurrir se debe constituir un depósito de entre 25 y 50 euros(actualizables año tras año), dependiendo del tipo de recurso, cantidad que será recuperado si éste se resuelva favorablemente para el recurrente.
Estas cantidades, según la misma disposición, se destinaran integramente a sufragar el turno de oficio, y la informatización y modernización del poder judicial.
Si es que es negocio seguro, entre las cantidades que no se devolveran, y los intereses que generaran las que se devuelvan, representaran varios millones de euros al cabo del año. Como medida recaudatoria es fenomal, ¿pero debe el usuario de la justicia hacerse cargo de estas cantidades? Desde mi punto de vista NO, el hecho de tener una justica modernizada, eficiente y rapida es en beneficio de toda la sociedad, y debe ser ésta, y no el usuario concreto, la que financie dichas cantidades, mediante cargos directos a los presupuestos del estado. No se debe penalizar el recurso al sistema judicial, siendo esta una medida a fomentar, aumentando los costes solo se va a conseguir incentivar que no se acuda a .la justicia. A los abogados solo se nos dificulta el trabajo, al tener que notificar al cliente cada recurso (aunque solo sea de trámite o se sobreentienda que se deba hacer por el encargo encomendado), informando del coste al cliente, y perdiendo tiempo para su preparación.
Seguro que intentaran justificar la medida como medio para evitar recursos innecesarios, pero ya existen mecanismos para los casos en que solo se busque dilatar el proceso, pudiendo imponer el juez multas a las partes que recurran con ese único fin.
Una duda que me a surgido, y que no se aclara en la disposición, ¿que ocurrirá con los recursos de reposición que se hacen en sala? (y que en su mayoría son rechazados) ¿Deberá el abogado sacar la billetara para poder recurrir? Si algún abogado lee esto y se ha encontrado en la situación le animo a comentar y que nos cuente lo ocurrido.
Creo que se trata de una medida innecesaria, que solo servira para aumentar los costes del acceso a la justicia, y aunque cabe felicitar al gobierno por el empujón que se esta intentando dar a la modernización de la justicia, que como siempre llega tarde, aunque poco a poco va llegando, hay que ponerles una nota negativa en cuanto al metodo usado para su financiación, debiendo recaer esta en el conjunto de la población.

dimecres, 27 de gener del 2010

Reforma de la Justicia Universal, un paso hacia atras.

El estado español un día fue pionero en la llamada Justicia Universal, según esta la justica española era competente para juzgar ciertos delitos como el genocidio y el terrorismo, aunque estos se hubiesen cometido por personas extranjeras y en otros países. Esto estaba garantizado legalmente por la Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 23, y dió pie a casos como el arresto de Pinochet en Londres.

Como podeis ver, hablo en pasado ya que dicho artículo ha sido reformado mediante la Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre, que bajo un largo título recoge una serie de reformas de las cuales algunas serán tratadas en éste mismo blog, Dicha reforma por una parte a supuesto la introducción de nuevos tipos penales perseguibles, como son los relativos a la prostitución y corrupción de menores e incapaces y la mutilación genital femenina. Por otra parte se han incluido nuevos requisitos para su persecución incluyendo la siguiente clausula:
"para que puedan conocer los Tribunales españoles de los anteriores delitos deberá quedar acreditado que sus presuntos responsables se encuentran en España o que existen victimas de nacionalidad española, o constatarse algún vínculo de conexion relevante con España y, en todo caso, que en otro país competente o en el seno de un Tribunal Internacional no se ha iniciado procedimiento que suponga una investigación y una persecución efectiva, en su caso, de tales hechos punibles"
Con esto la Justicia Universal sufre un gran revés, dejandola en entredicho, facilitando que graves crímenes cometidos contra la humanidad puedan quedar impune, ya no será posible exigir responsabilidad penal individual a aquellos que han cometido dichos delitos, siendo en muchos casos improbable que en sus países sean perseguidos por haberse tratado en muchas ocasiones de crímenes de estado. ¿Tenía acaso miedo el estado de que la justicia pudiese abrir diligencias contra lideres y ciudadanos de países aliados?¿Cual ha sido el motivo de esta renuncia?

Durante la tramitación de dicha ley, que fue apoyada tanto por el PP como por el PSOE (entre otros), se hizo público un Manifiesto al que se adhirieron múltiples organizaciones, y al cual me adhiero desde aqui.
Éste no es un tema reciente, ya que dicha reforma entro en vigor el 5 de noviembre del pasado año, pero esto es Derecho para todos, y estoy seguro que hay mucha gente que  no esta al corriente de éste asunto